Programa MOVES III

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Ayudas y subvenciones para la instalación del cargador para tu coche eléctrico o híbrido enchufable.

La movilidad eléctrica gana terreno con el aumento continuo de este tipo de vehículos en nuestras carreteras, pero este crecimiento implica un desafío importante: expandir y mejorar la infraestructura de carga. Para responder a esta necesidad, surge el programa MOVES III, que ofrece incentivos económicos también para la instalación de puntos de recarga.

Estas ayudas representan una oportunidad para particulares, autónomos, empresas y administraciones públicas que buscan integrarse a la movilidad eléctrica, asegurando que la transición hacia un transporte más limpio sea accesible y cómodo. 

¿Qué es y cómo funciona el Plan MOVES III?

El Plan MOVES III es una iniciativa del gobierno español destinada a promover la movilidad eléctrica en el país. Este plan se enfoca en proporcionar ayudas y subvenciones para incentivar la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga.

¿Cuál es el objetivo del Plan MOVES III?

El Plan MOVES III busca reducir la dependencia de los combustibles fósiles y las emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyendo así a la lucha contra el cambio climático y mejorando la calidad del aire en nuestras ciudades. Para lograrlo, el plan se centra en dos pilares fundamentales:

  1. Incentivar la compra de vehículos eléctricos: A través de ayudas directas a la compra, el Plan MOVES III hace que los vehículos eléctricos sean más accesibles para particulares, empresas y administraciones públicas.
  2. Impulsar el despliegue de infraestructura de recarga: El plan también ofrece subvenciones para la instalación de puntos de recarga, tanto residenciales, en hogares o garajes comunitarios como empresariales, en parkings para clientes o empleados, y también en espacios públicos, facilitando la recarga de vehículos eléctricos y eliminando una de las principales barreras para su adopción.

¿Cómo funciona el Plan MOVES III en la práctica?

El Plan MOVES III opera a través de convocatorias periódicas en las que se establecen las condiciones y requisitos para acceder a las ayudas y subvenciones. Los interesados deben presentar una solicitud formal, que será evaluada por el organismo competente de cada comunidad autónoma.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a las ayudas para la instalación de puntos de recarga?

Aunque los requisitos específicos pueden variar ligeramente entre comunidades autónomas, algunos de los requisitos generales incluyen:

  • El punto de recarga debe estar ubicado en España.
  • La instalación debe ser realizada por un instalador autorizado.
  • El solicitante debe ser el propietario o tener derecho de uso sobre el lugar donde se instalará el punto de recarga.
  • La instalación debe realizarse después de la fecha de la convocatoria del Plan MOVES III.
  • Es necesario presentar una solicitud formal y cumplir con toda la documentación requerida.

¿Qué cuantía cubren las ayudas?

Las subvenciones del Plan MOVES III para la instalación de puntos de recarga pueden cubrir un porcentaje significativo del coste total de la instalación. Este porcentaje varía en función del tipo de solicitante, llegando hasta el 70% para particulares, autónomos y administraciones sin actividad económica, o hasta el 80% en el caso de municipios de menos de 5.000 habitantes.

Sigue leyendo, más adelante en este artículo, encontrarás una tabla detallada con los porcentajes de subvención específicos para cada tipo de solicitante.

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¿Qué costes cubre la Subvención MOVES III para la Instalación de Puntos de Recarga?

Las ayudas del plan MOVES III son una excelente oportunidad para reducir significativamente la inversión necesaria para instalar un punto de recarga en tu hogar o negocio.

Proyecto, Obra Civil y Costes de Ingeniería

  • Costes de Ingeniería y Dirección de Obra: Supervisión y gestión de la instalación por parte de un profesional, asegurando que se cumplan todas las normativas y estándares de calidad.
  • Elaboración del Proyecto Técnico: El diseño detallado de la instalación, incluyendo planos, cálculos y especificaciones técnicas, realizado por un ingeniero cualificado.
  • Ejecución de la Obra Civil: Excavaciones, cimentaciones, canalizaciones y cualquier otra obra necesaria para preparar el espacio donde se instalará el punto de recarga.

Infraestructura de Recarga

  • Puntos de Recarga: El equipo principal que suministra la energía al vehículo eléctrico, incluyendo diferentes tipos y potencias según tus necesidades.
  • Cables y Conectores: Los cables que conectan el punto de recarga al vehículo y los conectores compatibles con tu modelo de coche.
  • Protecciones Eléctricas: Dispositivos de seguridad que protegen la instalación y al usuario frente a posibles sobrecargas o cortocircuitos.
  • Otros Componentes Eléctricos: Elementos auxiliares como cuadros eléctricos, magnetotérmicos, diferenciales y demás componentes necesarios para el correcto funcionamiento del punto de recarga.

Instalación Eléctrica

  • Instalación o Actualización: Adaptación de la instalación eléctrica existente o creación de una nueva para conectar el punto de recarga a la red eléctrica de forma segura y eficiente.
  • Transformador: Equipo que adapta la tensión de la red eléctrica a la necesaria para el punto de recarga, en caso de ser necesario.
  • Conexión a la Red de Distribución: Trabajos para conectar la instalación del punto de recarga a la red eléctrica general.
  • Centros de Seccionamiento y Transformación: Instalaciones que permiten controlar y proteger la instalación eléctrica del punto de recarga.
  • Acometida de Media Tensión: Conexión eléctrica de alta capacidad necesaria para puntos de recarga de alta potencia.

Adecuación de Espacios

  • Preparación del Terreno: Nivelación, compactación y acondicionamiento del terreno donde se instalará el punto de recarga.
  • Adecuación de Carreteras: Modificaciones en el pavimento o señalización necesarias para la instalación de puntos de recarga en la vía pública.

Permisos y Tasas

  • Tasas Administrativas: Costes asociados a la gestión y tramitación de los permisos y licencias requeridas.
  • Licencias y Autorizaciones: Trámites administrativos necesarios para obtener los permisos de instalación del punto de recarga.

Elementos adicionales subvencionables con las Ayudas MOVES III

Además de los costes generales o más comunes de instalación, las Ayudas MOVES III también pueden cubrir otros elementos que mejoran la funcionalidad y eficiencia de tu punto de recarga. A continuación te presentamos otras opciones y funcionalidades que te pueden ayudar a optimizar tu instalación y aprovechar al máximo las ayudas para instalación de puntos de recarga.

  • Unidad de Producción Renovable o Almacenamiento Local
    • ¿Qué es? Se trata de sistemas de generación de energía renovable, como paneles solares, o sistemas de almacenamiento de energía, como baterías, que se conectan directamente al punto de recarga.
    • ¿Para qué sirve? Permite utilizar energía limpia y autogenerada para cargar tu vehículo eléctrico, reduciendo aún más tu huella de carbono y tus costes energéticos.
    • Requisitos: La instalación debe ser exclusiva para el punto de recarga y su capacidad no puede superar la potencia del cargador.
  • Sistema de Pago Integrado
    • ¿Qué es? Un sistema que permite a los usuarios pagar por el uso del punto de recarga mediante tarjeta de crédito, aplicaciones móviles u otros métodos de pago electrónicos.
    • ¿Para qué sirve? Facilita el cobro por el servicio de recarga en puntos de acceso público o en comunidades de vecinos, ofreciendo una experiencia de usuario más cómoda y moderna.
    • Ventajas: Mayor control sobre el uso del punto de recarga y posibilidad de generar ingresos adicionales.
  • Señalización y Gestión
    • Incluye la señalización adecuada del punto de recarga, así como sistemas de gestión, control y seguridad que permiten monitorizar y administrar el uso de la instalación.
    • ¿Para qué sirve? Garantiza la seguridad de la instalación, facilita su uso y permite optimizar la gestión energética.
    • Ejemplos: Sistemas de control de acceso, monitorización del consumo, detección de fallos y protección contra sobrecargas.
  • Preinstalación Eléctrica en Aparcamientos Colectivos
    • La instalación previa de las conducciones eléctricas y sistemas de comunicación necesarios para la futura instalación de puntos de recarga en aparcamientos comunitarios.
    • ¿Para qué sirve? Facilita y agiliza la instalación de puntos de recarga en un futuro, evitando obras y molestias a los vecinos.
    • Ventajas: Anticiparse a la creciente demanda de puntos de recarga y fomentar la movilidad eléctrica en comunidades de vecinos.
  • Sistemas de Gestión de Carga Inteligente: Soluciones que optimizan la distribución de la energía disponible entre varios puntos de recarga, evitando sobrecargas y maximizando la eficiencia energética.
  • Soluciones de Almacenamiento Energético: Baterías que permiten almacenar energía en momentos de baja demanda para utilizarla durante los picos de consumo, reduciendo la dependencia de la red eléctrica y los costes energéticos.

Cuantía de las ayudas del Plan MOVES III para infraestructura de recarga

El importe de las ayudas varía  en función del tipo de beneficiario o la ubicación geográfica. A continuación se detalla la cuantía por tipo de instalación.

Ayudas para instalación de puntos de recarga
Resoluciones desde el 01/01/2024
Tipo de beneficiarioLocalización
general
Municipios
<5.000 hab.
Límite de cuantía de la ayuda
Particulares, autónomos, administración sin actividad económica en el mercado70%80%5.000 € / expediente
Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público con P ≥ 50kWGran empresa: 20%
Mediana empresa: 40%
Pequeña empresa: 50%
800.000 € / expediente
con un máximo de 2,5 M € / convocatoria
* Incluye Comunidad de Propietarios
Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso privado (cualquier potencia) o de acceso público con P < 50kWGran empresa: 20%
PYME: 30%
Gran empresa: 20%
PYME: 40%
Pymes que se acojan al Reglamento de minimis al realizar la solicitud, recarga acceso público con
P ≥ 50kW
Mediana empresa: 45%
Pequeña empresa: 55%
Mediana empresa: 50%
Pequeña empresa: 60%
La subvención o ayuda acumulada percibida por el concepto de minimis en el ejercicio actual y en los dos ejercicios anteriores no podrá exceder de la cantidad de 300.000 €.

*Incluye Autónomos acogidos al reglamento de minimis

Particulares, autónomos, administración sin actividad económica en el mercado

  • Localización general: 70%
  • Municipios <5.000 hab.: 80%
  • Límite de cuantía de la ayuda: 5.000 € / expediente

Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público con P>50kW

  • Localización general y municipios <5.000 hab.
    • Gran empresa: 20%
    • Mediana empresa: 40%
    • Pequeña empresa: 60%
  • Límite de cuantía de la ayuda: 800.000 € / expediente con un máximo de 2,5 M € por convocatoria. Incluye Comunidad de Propietarios

Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso privado (cualquier potencia) o de acceso público con P < 50kW

  • Localización general
    • Gran empresa: 20%
    • PYME: 30%
  • Municipios <5.000 hab.
    • Localización general
      • Gran empresa: 20%
      • PYME: 40%
  • Límite de cuantía de la ayuda: 800.000 € / expediente con un máximo de 2,5 M € por convocatoria. Incluye Comunidad de Propietarios

Pymes que se acojan al Reglamento de minimis al realizar la solicitud, recarga acceso público con
P ≥ 50kW

  • Localización general
    • Mediana empresa: 45%
    • Pequeña empresa: 55%
  • Municipios <5.000 hab.
    • Mediana empresa: 50%
    • Pequeña empresa: 60%
  • Límite de cuantía de la ayuda: La subvención o ayuda acumulada percibida por el concepto de minimis en el ejercicio actual y en los dos ejercicios anteriores no podrá exceder de la cantidad de 300.000 €. Incluye Autónomos acogidos al reglamento de minimis

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Pasos para solicitar las ayudas del Plan MOVES III para instalación de puntos de carga

La ayuda del Plan MOVES III para el desarrollo de infraestructura de puntos de carga es una subvención, por lo que una vez aprobada no tendrás que devolverla, aunque sí deberás declarar su obtención en la declaración de la renta del año siguiente.

Es importante destacar que existen otras ayudas para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, como las que ofrecen algunas comunidades autónomas y ayuntamientos.

Etrica se encarga de todas las gestiones necesarias para la tramitación de las ayudas del Plan MOVES III de manera completa en el caso de Madrid, Andalucía y Galicia.

En el resto de las comunidades autónomas, la administración exige que sea el propio beneficiario de la subvención quien presente la solicitud, pero no te preocupes, Etrica te facilita toda la documentación que necesitarás así como guías para poder llevar a cabo con éxito la solicitud.

1. Instalación certificada

La instalación del punto de recarga debe ser realizada por un instalador eléctrico autorizado y con experiencia en este tipo de instalaciones.

Es importante que el instalador esté inscrito en el Registro de Instaladores Eléctricos de la Comunidad Autónoma donde se va a realizar la instalación.

El instalador deberá emitir un certificado de instalación eléctrica (CIE) que acredite que la instalación se ha realizado de acuerdo al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y especialmente la instrucción ITC-BT-52.

2. Documentación

Documentación general obligatoria

  • Formulario de solicitud: Debes completar el formulario de solicitud que encontrarás en la página web del organismo responsable en tu comunidad autónoma. El formulario suele incluir información sobre el solicitante, el punto de recarga, la instalación y la ayuda solicitada.
  • Copia del DNI/NIE del solicitante: El solicitante debe presentar una copia de su DNI/NIE vigente.
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y Seguridad Social: Este certificado se puede obtener en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) o en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), respectivamente.
  • Certificado de inscripción en el Registro de la Propiedad del inmueble donde se instalará el punto de recarga: Este certificado se puede obtener en el Registro de la Propiedad correspondiente al lugar donde se encuentra el inmueble.
  • Escritura de constitución de la comunidad de propietarios, en su caso: Si la instalación se realiza en un edificio con comunidad de propietarios, es necesario presentar la escritura de constitución de la comunidad.
  • Licencia de obra o comunicación previa, en su caso: Si la instalación del punto de recarga requiere de licencia de obra o comunicación previa, se deberá presentar el documento correspondiente.

Documentación específica del punto de recarga

  • Factura del punto de recarga e instalación: La factura debe incluir el nombre del proveedor, la descripción del punto de recarga, el precio de compra y el coste de la instalación.
  • Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) emitido por el instalador autorizado: El CIE debe acreditar que la instalación se ha realizado de acuerdo al Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y especialmente la instrucción ITC-BT-52.
  • Memoria técnica de diseño del punto de recarga: La memoria técnica debe incluir información sobre las características técnicas del punto de recarga, la potencia nominal, el tipo de conector, el sistema de control y gestión, etc.
  • Proyecto de instalación, en el caso que sea aplicable: Si la instalación del punto de recarga requiere de proyecto técnico, se deberá presentar el proyecto visado por el colegio oficial de ingenieros correspondiente.

3. Presentación de la solicitud

El plazo para presentar la solicitud varía según la comunidad autónoma. Es importante consultarlo en las bases de la convocatoria o en la página web del organismo responsable.

La presentación de la solicitud se realiza de forma telemática a través de la página web del organismo correspondiente en función de la comunidad autónoma.

Consejos para presentar la solicitud

  • Reúne toda la documentación necesaria con antelación: Es importante que tengas toda la documentación necesaria antes de comenzar a rellenar el formulario de solicitud. Esto te ayudará a agilizar el proceso.
  • Lee atentamente las instrucciones: Antes de rellenar el formulario, lee atentamente las instrucciones para asegurarte de que comprendes toda la información requerida.
  • Asegúrate de que toda la documentación esté completa y correcta: Una solicitud incompleta o incorrecta puede ser rechazada.
  • Presenta la solicitud dentro del plazo: No te olvides de presentar la solicitud dentro del plazo establecido.
  • Guarda una copia de la solicitud: Una vez que hayas presentado la solicitud, guarda una copia para tus registros.

4. Resolución de la solicitud

La comunidad autónoma resolverá la solicitud en un plazo aproximado de 6 a 12 meses. La resolución de la solicitud se notificará al solicitante por correo electrónico o por correo postal. Si la solicitud es denegada, el solicitante puede presentar un recurso en el plazo establecido en las bases de la convocatoria.

Cómo se paga la ayuda

  • Pago único: La ayuda se abonará en un único pago al titular de la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
  • Plazo de pago: El plazo de pago varía según la comunidad autónoma.

Consejos para la resolución y el pago de la ayuda

  • Consulta el estado de tu solicitud: Puedes consultar el estado de tu solicitud en la página web del organismo responsable.
  • Presenta un recurso si es necesario: Si la solicitud es denegada, no dudes en presentar un recurso si crees que tienes derecho a la ayuda.
  • Sé paciente: Ten en cuenta que el proceso de resolución y pago de la ayuda puede llevar algunos meses.
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